Complemento Carta Porte 3.0
Quiénes deben emitirlo:
A partir del 01 de abril del 2024, el Complemento de Carta Porte 3.0 se vuelve obligatorio, convirtiéndose en la única versión fiscalmente válida para los contribuyentes que trasladen bienes y/o mercancías propias o de terceros en territorio nacional, por alguna de las siguientes vías:
- Terrestre
- Marítima
- Aérea
- Ferroviaria
Si lo requieres,
¡No esperes más!
¿Buscas respuestas claras y precisas? Completa nuestro formulario y un asesor te contactará para ayudarte.
o agenda una cita en línea para conversar sobre tus necesidades y poder ofrecerte soluciones optimizadas y/o personalizadas.
Nuestros paquetes web
incluyen
- Mantenimiento y Actualizaciones.
- Cancelación de facturas.
- Atención a clientes y Soporte técnico.
- Facturas en formato XML y PDF.
- Resguardo de la información por 5 años.
- Usuarios y sucursales ilimitados.
- Catálogo de Clientes; Productos y Servicios.
- Puedes incluir el logotipo de tu empresa.
- Complementos y Formularios especiales.
- Recibos de Nómina.
- Recepción de CFDI.
Además puedes contratar
- Representaciones Gráficas personalizadas.
- MYSuite XData:
Es una plataforma de análisis de la información contenida en los CFDIs que calcula y monitoriza el riesgo fiscal. Esto permite tomar acciones para evitar incumplimientos, resolver discrepancias y aclarar asuntos tributarios, entre otros beneficios.
- Addendas.
- Descarga Masiva del SAT.
- Portales.